viernes, 20 de marzo de 2015

TEMA 10 – NEGOCIACIÓN COLECTIVA

Índice

            1.     Consideraciones de la unidad
            2.     Aplicación práctica
            3.     Elementos clave
      4.     Conclusiones


1.      Consideraciones de la unidad

Conocemos como negociación colectiva a los acuerdos relacionados con el entorno del trabajador entre empresarios y representantes de los trabajadores.

En el diálogo entre representantes y empresarios pueden finalizar con distintos tipos de acuerdos:

·         Acuerdo macro: suscritos a nivel autonómico o estatal, sirven para formar la estructura de una negociación colectiva, resolver conflictos o alcanzar acuerdos en diferentes temas.
·         Convenio colectivo: es el acuerdo más importante que se puede pactar de manera escrita y colgado en el boletín oficial.
·         Convenio de empresa: son exclusivos de empresas y tratan de los temas que el convenio colectivo no ha tratado previamente.

Para que dichos convenios sean válidos y legales, deben contener como mínimo:

·         Identificación de las partes: por parte de los trabajadores están representantes unitarios o sindicales y por el empresario, los convenios de empresa.
·         Ámbito de aplicación: para identificar como afecta el convenio, se han de determinar cuatro ámbitos, como son el geográfico, funcional, personal y temporal.
·         Denuncia del convenio: cuando sea próximo el vencimiento del convenio, una de las ambas partes ha de denunciarlo; si no se hace, quedará prorrogado.
·         Comisión paritaria: a la hora de resolver el problema ambas partes han de contar con el mismo número de representantes.
·         Cláusula de descuelgue salarial: condiciones y procedimientos en los cuales no se modificará el salario.


Por último vamos a hablar del proceso de la negociación en términos legales, lo cual veremos reflejado en la siguiente tabla:

1
Propuesta de negociación
La parte que quiera negociar deberá comunicar que materia y ámbitos quieren modificar.
2
Respuesta
Por escrito en un mes.
3
Constitución de la comisión negociadora
-Un mes de la respuesta.
-Máx. de 12 miembros por parte.
4
Deliberación y adaptación de acuerdos
Acuerdo por votos de la mayoría.


5


Registro y publicación
Se presentará el convenio 15 días (máx.) después de la firma en la autoridad laboral.
Se publicará en el boletín 10 días (máx.) después.


2. Aplicación práctica

A la hora de aplicar en la práctica toda esta teoría, debemos tener en cuenta todos los puntos hablados. Si en un futuro laboral ocurre un problema relacionado con nuestro trabajo, tenemos que saber cómo vamos a actuar junto con nuestra representación y que tipos de acuerdo podemos llegar a firmar. En estos casos también tenemos que saber que procesos vamos a seguir y en qué periodo de tiempo tenemos que tramitar dicha documentación.

3. Elementos claves

Dentro de esta unidad, y como hemos visto en el apartado 1 de consideraciones de la unidad, los puntos clave para entender y comprender este tema son los siguientes:
·         Tipos de acuerdos alcanzados.
·         Elementos mínimos de los acuerdos para que sean legales.
·         Proceso de la negociación y tiempos.

4. Conclusiones


Este tema es necesario que sea visto para todos los trabajadores (y en nuestro caso, para un futuro cuando comencemos una vida laboral), ya que nos informa de las situaciones que hoy en día son tan importantes cuando tenemos un problema laboral y hemos de solucionarlo a través de una negociación colectiva. Para ello debemos estar bien informados de las partes que lo componen, los plazos y derechos que nos afectan.

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