Índice
1. Consideraciones de la unidad
2. Aplicación práctica
3. Elementos clave
4. Conclusiones
4. Conclusiones
1.
Consideraciones de la
unidad
Conocemos como negociación colectiva a los acuerdos relacionados con el
entorno del trabajador entre empresarios y representantes de los trabajadores.
En el diálogo entre representantes y empresarios pueden finalizar con
distintos tipos de acuerdos:
·
Acuerdo macro: suscritos a nivel autonómico o estatal,
sirven para formar la estructura de una negociación colectiva, resolver
conflictos o alcanzar acuerdos en diferentes temas.
·
Convenio colectivo: es el acuerdo más importante que se puede
pactar de manera escrita y colgado en el boletín oficial.
·
Convenio de empresa: son exclusivos de empresas y tratan de
los temas que el convenio colectivo no ha tratado previamente.
Para que dichos convenios sean válidos y legales, deben contener como
mínimo:
·
Identificación de las partes: por parte de los trabajadores están
representantes unitarios o sindicales y por el empresario, los convenios de
empresa.
·
Ámbito de aplicación: para identificar como afecta el convenio, se han de
determinar cuatro ámbitos, como son el geográfico, funcional, personal y
temporal.
·
Denuncia del convenio: cuando sea próximo el vencimiento del convenio, una
de las ambas partes ha de denunciarlo; si no se hace, quedará prorrogado.
·
Comisión paritaria: a la hora de resolver el problema ambas partes han de
contar con el mismo número de representantes.
·
Cláusula de descuelgue salarial: condiciones y procedimientos en los cuales
no se modificará el salario.
Por último vamos a hablar del proceso de la negociación en términos
legales, lo cual veremos reflejado en la siguiente tabla:
1
|
Propuesta de negociación
|
La parte que quiera negociar deberá comunicar que materia y ámbitos
quieren modificar.
|
2
|
Respuesta
|
Por escrito en un mes.
|
3
|
Constitución de la comisión negociadora
|
-Un mes de la respuesta.
-Máx. de 12 miembros por parte.
|
4
|
Deliberación y adaptación de acuerdos
|
Acuerdo por votos de la mayoría.
|
5
|
Registro y publicación
|
Se presentará el convenio 15 días (máx.) después de la firma en la
autoridad laboral.
Se publicará en el boletín 10 días (máx.) después.
|
2.
Aplicación práctica
A la hora de aplicar en
la práctica toda esta teoría, debemos tener en cuenta todos los puntos hablados.
Si en un futuro laboral ocurre un problema relacionado con nuestro trabajo,
tenemos que saber cómo vamos a actuar junto con nuestra representación y que
tipos de acuerdo podemos llegar a firmar. En estos casos también tenemos que
saber que procesos vamos a seguir y en qué periodo de tiempo tenemos que
tramitar dicha documentación.
3.
Elementos claves
Dentro de esta unidad, y
como hemos visto en el apartado 1 de consideraciones de la unidad, los puntos
clave para entender y comprender este tema son los siguientes:
·
Tipos de acuerdos alcanzados.
·
Elementos mínimos de los acuerdos para que
sean legales.
·
Proceso de la negociación y tiempos.
4.
Conclusiones
Este tema es necesario
que sea visto para todos los trabajadores (y en nuestro caso, para un futuro
cuando comencemos una vida laboral), ya que nos informa de las situaciones que
hoy en día son tan importantes cuando tenemos un problema laboral y hemos de
solucionarlo a través de una negociación colectiva. Para ello debemos estar
bien informados de las partes que lo componen, los plazos y derechos que nos
afectan.
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